BANDO

CORONAVIRUS (COVID-19)

  1. SANTIAGO JORGE SANTOS, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Chozas de Abajo, mediante el presente bando, hace saber que hoy, día 12 de marzo de 2020, ha salido publicado en el BOCYL una nueva Orden de la Consejería de Sanidad, en la que dictan una serie de medidas para toda la población de Catilla y León, que entre otras son:
  • a) Se restringe el acceso de acompañantes y visitantes a los centros sanitarios, públicos y privados, al mínimo imprescindible para garantizar el derecho de acompañamiento mínimo del paciente que así lo requiera, salvo en circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización, a criterio de la dirección del centro. Se prohíben las visitas de menores de edad a los centros sanitarios.
  • b) Se podrán suspender o limitar las actividades sanitarias programadas en los centros sanitarios de atención hospitalaria (consultas, exploraciones e intervenciones).
  • c) Se suspenden las prácticas docentes en centros sanitarios y sociosanitarios de estudiantes de ciclos de formación profesional y grados universitarios, a excepción de los del último año de estudios en medicina y enfermería que manifiesten su consentimiento expreso por escrito.
  • d) Se suspenden las excursiones y viajes de estudios que supongan desplazamientos de los alumnos y profesores fuera del recinto escolar.
  • e) En el ámbito educativo, se suspenden los festivales, galas, obras de teatro y eventos de todo tipo, universitarios y no universitarios, que conlleven la reunión de personas en espacios cerrados o abiertos.
  • Las medidas preventivas previstas en el apartado anterior, son de obligado cumplimiento para todas las personas físicas y jurídicas afectadas por las mismas, cuyo incumplimiento podrá dar lugar a las sanciones correspondientes conforme la normativa de aplicación.
  1. En el caso de que sea necesario adoptar medidas preventivas de intervención sobre las personas, las mismas serán adoptadas por las autoridades sanitarias. Para asegurar el cumplimiento de las indicaciones de aislamiento o cuarentena, se solicitará, en caso de que sea preciso, el auxilio de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad de Estado.

Segundo.– RECOMENDACIONES PARA TODA LA POBLACIÓN Y EL TERRITORIO DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

Se recomienda para toda la población y el territorio de la Comunidad de Castilla y León:

  • a) Aplicar medidas higiénicas como el lavado de manos frecuente con agua y jabón o con solución hidro alcohólica, taparse al toser con pañuelo desechable inmediatamente o en el pliegue del codo, así como la limpieza de superficies que hubieran podido ser salpicadas con tos o estornudos.
  • b) Evitar los viajes no necesarios, apelando a la responsabilidad individual.
  • c) Evitar el uso del transporte público colectivo, siempre que sea posible.
  • d) Fomentar el cuidado domiciliario de los mayores. Se recomienda expresamente a todas las personas mayores, que padecen enfermedades crónicas, pluri patológicos o con estados de inmunosupresión congénita o adquirida que limiten las salidas de su hogar o residencia.
  • e) Evitar lugares concurridos en los que no sea posible mantener la distancia de seguridad interpersonal de, al menos, un metro.
  • f) Restringir las visitas en residencias de personas mayores públicas y privadas a un visitante al día por residente. Los visitantes en ningún caso deberán acudir a estos centros si presentan síntomas de infección respiratoria aguda, advirtiéndose de esta circunstancia a la entrada de los centros.
  • g) Suspender las actividades colectivas celebradas en espacios cerrados y que impliquen a más de 1.000 personas. Si tienen un aforo menor al millar, se recomienda su celebración sólo si únicamente se cubre un tercio del aforo, aplicándose medidas de distanciamiento entre las personas, conforme a las recomendaciones sanitarias.
  • h) Se recomienda la suspensión de las actividades en espacios al aire libre que pueden aglutinar un elevado número de personas, como conciertos, mercadillos, rastros, ferias, romerías, matanzas y similares.

Las medidas preventivas y recomendaciones previstas en la presente orden producirán efectos desde 12 de marzo y hasta el día 26 de marzo de 2020 incluido, vigencia que podrá prorrogarse en función de la evolución de la situación epidemiológica.

Por todo lo indicado, e independientemente de la información que nos facilitan las autoridades sanitarias, os pido que mantengáis la calma y serenidad y confiéis en el excelente trabajo que se está llevando a cabo por todos los profesionales sanitarios de nuestro sistema público de salud, rogando encarecidamente que se obedezcan las recomendaciones apelando a la responsabilidad de todos para conseguir cuanto antes volver a la normalidad.

Ser conscientes de que las recomendaciones y normas pueden variar en cuestión de horas o días según la evolución de la enfermedad, y siempre según dicten las autoridades competentes autorizadas.

Todas las personas que aprecien síntomas de tos, fiebre o dificultad respiratoria, deberán llamar primero al 112, donde les dirán las pautas a seguir.

Para finalizar os recordamos que existe un teléfono de atención ciudadana gratuito (900 222 000) para todas aquellas personas que necesiten aclarar las dudas que le surjan.

Chozas de Abajo a 12 de marzo de 2020.

El Alcalde:   Fdo.: Santiago Jorge Santos.