ANUNCIO -CONCESIÓN Y BASES QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA Y PROCESO DE SELECCIÓN DE LA SUBVENCIÓN DIRIGIDA A LOS MUNICIPIOS CON MÁS DE 1.000 HABITANTES COMO APOYO A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS MAYORES DE 45 AÑOS PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS GENERAL Y SOCIAL- MAYEL 2022.

En este enlace puedes descargarte las bases en formato pdf.

-Bases que han de regir la Convocatoria y el Proceso de selección-MAYEL 2024

 

D.SANTIAGO JORGE SANTOS, en calidad de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Chozas de Abajo, por el presente

                                    ANUNCIO

CONCESIÓN  DE LA SUBVENCIÓN DIRIGIDA A LOS MUNICIPIOS CON MÁS DE 1.000 HABITANTES COMO PARA  LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS  MAYORES DE 45 AÑOS PARA LA REALIZACIÓN  DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS    GENERAL Y SOCIAL- MAYEL  2024.

La Junta de Castilla y  León, publicó en el en el BOCYL  número 182 de fecha 18 de septiembre de 2024 la convocatoria de la subvención  dirigida a los municipios con más de 1.000 habitantes como apoyo a la contratación temporal de desempleados  mayores de 45 años para la realización  de obras y servicios de interés general y social  (MAYEL- 2024).

LA  JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN, POR RESOLUCIÓN DEL 8 DE NOVIMBRE DE 2024, HA  CONCEDIDO  AL  AYUNTAMIENTO  DE CHOZAS DE ABAJO  UNA SUBVENCIÓN  POR  IMPORTE  DE 19.950 €  PARA LA CONTRATACIÓN, DURANTE UN AÑO, DE  UN TRABAJADOR A JORNADA COMPLETA, EN BASE A LA CONVOCATORIA  DE SUBVENCIONES DIRIGIDA A LOS MUNICIPIOS CON MÁS DE 1.000 HABITANTES COMO APOYO A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE DESEMPLEADOS  MAYORES DE 45 AÑOS PARA LA REALIZACIÓN  DE OBRAS Y SERVICIOS DE INTERÉS    GENERAL Y SOCIAL- MAYEL  2024.

Los trabajadores contratados deberán ser mayores de 45 años y estar inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

Lo que se hace público por un período  mínimo  de  diez  días  hábiles  para general conocimiento y efectos.

Chozas de Abajo a la fecha de la firma Electrónica.

El Alcalde

Santiago Jorge Santos.

DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE